Resolución Administrativa para el Manejo, administración, Publicación, Seguimiento y Finalización del Portal de Compras Públicas de la Gobernación de la provincia de Orellana

#ELGOBIERNO DE TODOS
INFORMA

Mediante Resolución Administrativa Nro. MDG-GORE-2020-0009-R, cabe indicar que la resolución la cual se da declarando desierto los procesos de contratación con los códigos: pe-gore-03-2020 y pe-gore-10-2020. En las instalaciones de la Gobernación de la Provincia de Orellana y sus dependencias, durante el ejercicio fiscal 2020,  emitida por la Gobernación de la Provincia de Orellana, por lo expuesto se resuelve lo siguiente:

  • ARTÍCULO 1.- DELEGAR a la Responsable de la Unidad Administrativa Financiera como usuario Administrador del Portal de compras públicas y darle la potestad de designar usuarios operadores del mismo. Los usuarios operadores deberán realizar todos los trámites relacionados al portal de compras públicas. Deberán subir la información pertinente dentro de los plazos determinados por el SERCOP. De la delegación de usuarios operadores del portal, se deberá informar al Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP.
  • ARTÍCULO 2.- CUMPLIR con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP); y, demás normas aplicables a la contratación pública establezcan para la Máxima Autoridad Institucional.
  • ARTÍCULO 3.- INFORMAR semestralmente por escrito respecto de la administración, manejo publicación, seguimiento y finalización del Portal de Compras Públicas a la máxima autoridad.
  • ARTÍCULO 4.- DISPONER a la Unidad Administrativa, proceda con la publicación inmediata de este instrumento legal, en el portal institucional del SERCOP www.compraspublicas.gob.ec; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LONSCOP), en concordancia con la Resolución Nº RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto del 2016; y, a la Unidad TICs proceda a la publicación de la presente resolución en la página web de la Gobernación de Orellana, de
    conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 22 de la LONSCOP.
  • ARTÍCULO 5.-La Autoridad Delegante, cuando lo considere procedente, podrá retomar las atribuciones delegadas en virtud de la presente Resolución Administrativa, sin necesidad de que esta sea reformada o derogada.
  • ARTÍCULO 6.-En todos los actos delegados se deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, así como de las normas técnicas emitidas por autoridad competente.

Dado en la ciudad del Coca, a los 11 días del mes de marzo del año 2020.