RESOLUCION DE DESCANSO OBLIGATORIO POR ANIVERSARIO DE CANTONIZACIÓN DE LORETO Y JOYA DE LOS SACHAS Y FERIADO NACIONAL DEL 10 DE AGOSTO

RESUELVE:

Artículo 1.- SUSPENDER la jornada de trabajo del día lunes 07 de agosto de 2023 en la jurisdicción cantonal de Loreto, con ocasión al conmemorarse el Trigésimo Primer Aniversario de cantonización de Loreto. Suspensión que se la realiza al amparo de la Disposición General Cuarta de la Ley Orgánica de Servicio Público.

Artículo 2.- TRASLADAR el descanso obligatorio del miércoles 09 de agosto a la jornada de trabajo del viernes 18 de agosto de 2023 en la jurisdicción del cantón La Joya de los Sachas, con ocasión al Trigésimo Quinto Aniversario de cantonización de La Joya de los Sachas. Traslado que se la realiza al amparo de la Disposición General Primera, literal c) de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y Código de Trabajo, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 906 de 20 de diciembre de 2016.

Artículo 3.- ACOGER la suspensión de la jornada de trabajo del día viernes 11 de agosto de 2023 en toda la provincia de Orellana, por el Feriado Nacional del 10 de agosto, al conmemorarse un año más de la gesta heroica del Primer Grito de la Independencia.

Artículo 4.- Esta Resolución es de estricto cumplimiento para todas las instituciones estatales en la Provincia de Orellana, incluidas las instituciones privadas que reciban fondos públicos.

Artículo 5.- En cuanto al sector privado, la aplicación de esta resolución es optativa en atención a la Disposición General Tercera de la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Servicio Público y el Código de Trabajo, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 906 del 20 de diciembre de 2016, cuyo tenor literal queda transcrito en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 6.- Disponer a la Intendencia General de Policía y Comisarías Nacionales de Policía de la provincia de Orellana prever los controles de orden público y seguridad ciudadana a nivel cantonal y provincial respectivamente conforme a sus atribuciones.

Artículo 7.- La presente resolución entra en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en la web institucional.

Dado y Firmado en el cantón Francisco de Orellana, a los 02 días del mes de agosto del año 2023.Link descarga