RESOLUCIÓN DE DESCANSO OBLIGATORIO POR EL VIGÉSIMO SEXTO ANIVERSARIO DE PROVINCIALIZACIÓN DE ORELLANA
RESUELVE:
Articulo 1.- SUSPENDER la jornada de trabajo del día Lunes 29 de Julio del año 2024 en la jurisdicción de la Provincia de Orellana, con ocasión del descanso obligatorio del día Martes 30 de Julio del presente año por conmemorarse el Vigésimo Sexto Aniversario de provincialización de la Provincia de Orellana, unidad territorial administrativa de los cantones Orellana, Aguarico, Joya de los Sachas y Loreto. Suspensión que se la realiza al amparo de la Disposición General Cuarta.- (Reformado por el Art. 2 de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y Código de Trabajo, R.O. 906-S, 20-XII-2016), Inciso QUINTO: Cuando los días feriados de descanso obligatorio establecidos en esta Ley, correspondan al día martes, el descanso se trasladará al día lunes inmediato anterior, y si coinciden con los días miércoles o jueves, el descanso se pasará al día viernes de la misma semana. Igual criterio se aplicará para los días feriados de carácter local. Se exceptúan de esta disposición los días 1 de enero, 25 de diciembre y martes de carnaval.
Artículo 2.- Esta Resolución es de estricto cumplimiento para todas las instituciones estatales en la Provincia de Orellana, incluidas las instituciones privadas que reciban fondos públicos.
Artículo 3.- En cuanto al sector privado, la aplicación de esta resolución es optativa en atención a la Disposición General Tercera de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 906 de fecha 20 de diciembre del 2016, dispone: “En aquellas industrias o labores del sector privado respecto de las cuales, por su naturaleza y condición manifiesta, no puedan interrumpirse las actividades durante los días de descanso obligatorio, se deberá designar otro tiempo igual de la semana para el descanso, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores, o bien, pagar a sus trabajadores la remuneración que corresponda, con el correspondiente recargo por trabajo extraordinario.”
Artículo 4.- EXHORTAR a la ciudadanía a cumplir responsablemente con las medidas de seguridad y orden público en cada uno de los actos a realizarse con motivo de la celebración del Vigésimo Sexto Aniversario de provincialización de la Provincia de Orellana.
Artículo 5.- DISPONER a la Intendencia General de Policía y Comisarías Nacionales de Policía de la provincia de Orellana, realizar Operativos de Control, orden público y seguridad ciudadana a nivel provincial y cantonal, respectivamente, conforme a sus atribuciones y competencias.
Artículo 6.- La presente resolución entra en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en la web institucional.
Dado y firmado en el Despacho de la Gobernación de la Provincia de Orellana, a los 23 días del mes de Julio del año 2024.Link descarga