REMITE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE APROBACIÓN DE PLIEGOS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE ASEO PARA LAS DIFERENTES UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE ORELLANA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Aprobar el plan de compras para la ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE ASEO, para las diferentes Unidades Administrativas de la Gobernación de la provincia de Orellana.

ARTÍCULO 2.- Autorizar el procedimiento de compra por medio del Catálogo Electrónico de bienes normalizados MATERIALES DE ASEO, para las diferentes unidades administrativas de la Gobernación de la provincia de Orellana.

ARTÍCULO 3.- Aplicar el convenio marco que regula esta contratación en base a los requerimientos realizados por la señora Tanya Yépez Zambrano, Guardalmacén de la Gobernación de Orellana (E), conforme al presupuesto referencial que asciende USD$2.388,6184 (dos mil trescientos ochenta y ocho con 6184/100 dólares americanos), sin incluir el IVA;

ARTÍCULO 4.- Designar a la señora Tanya Yépez Zambrano, Guardalmacén de la Gobernación de Orellana (E), para la recepción a satisfacción de los MATERIALES DE ASEO, para las unidades administrativas de la Gobernación de la provincia de Orellana, de lo cual informará a la suscrita ante cualquier novedad con la entrega de los productos, tenga presente los artículos 70 y 80 de la LOSNCP y el artículo 121 de su Reglamento.

ARTÍCULO 5.- Delegar a la Ing. Gladys Santillan Quiroz, Responsable de la Unidad Administrativa Financiera, para que suscriba el acta de entrega recepción con el proveedor, según lo previsto en los artículos 122, 123 y 124 del Reglamento de la LOSNCP. Además, dispondrá el ingreso a bodega y registro de los bienes y productos a la señora Tanya Yépez Zambrano, Guardalmacén de la Gobernación de Orellana (E).

ARTÍCULO 6.- La presente resolución entrará en vigencia desde su emisión y deberá ser publicada en el portal www.compraspublicas.gob.ec y en la web institucional, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública en concordancia con el artículo 17 de su Reglamento General.

Dado y firmado en la ciudad del Coca, a los 04 días del mes de abril del año 2020. Link