RESOLUCIÓN DE CONDECORACIÓN AL MÉRITO PROFESIONAL

RESOLUCIÓN DE CONDECORACIÓN AL MÉRITO PROFESIONAL DEL PERSONAL INVESTIGATIVO DE LA UNIDAD NACIONAL DE INVESTIGACIÓN ANTISECUESTRO Y EXTORSIÓN – UNASE DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR.

 

Resolución Nro. MDG-GORE-2022-0023-R El Coca, 30 de mayo de 2022 MINISTERIO DE GOBIERNO Sra. Yony Esperanza Bustamante Briceño GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE ORELLANA RESOLUCIÓN DE CONDECORACIÓN AL MÉRITO PROFESIONAL DEL PERSONAL INVESTIGATIVO DE LA UNIDAD NACIONAL DE INVESTIGACIÓN ANTISECUESTRO Y EXTORSIÓN – UNASE DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, aprobada en el año 2008, reconoce los derechos, libertades y garantías de las personas; establece la nueva organización nacional y el régimen de competencias de todas las instituciones y autoridades del poder público; Que, el artículo 83 de la Carta Magna, establece: Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley: 4. Colaborar en el mantenimiento de la paz y de la seguridad. Que, el artículo 155 de la Constitución de la República establece que “En cada territorio, la Presidenta o Presidente de la República podrá tener un representante que controlará el cumplimiento de las políticas del Ejecutivo, y dirigirá y coordinará las actividades de sus servidoras y servidores públicos.” Que, la Constitución de la República, en el artículo 158 dispone: «Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. (…) La protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional. (…)»; Que, el artículo 163 ibidem, establece: “La Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional.” Que, de conformidad a lo prescrito en el artículo 225 de la Constitución de la República, la Gobernación de la provincia de Orellana es un ente perteneciente al Ministerio de Gobierno y dependiente de la Función Ejecutiva. Que, el artículo 226 ibidem dispone: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras y servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines efectivos el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”; Que, el artículo 229 de nuestra Norma Suprema, menciona que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público. Los derechos de las servidoras y servidores públicos son irrenunciables. La ley definirá el organismo rector en materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el sector público y regulará el ingreso, ascenso, promoción, incentivos, (…). 1/5 * Documento firmado electrónicamente por Quipux Dirección: Calle 12 de Febrero y Vicente Rocafuerte. Código postal: 220202 / El Coca Ecuador Teléfono: 593-06-300646 – www.gobernacionorellana.gob.ec República del Ecuador Gobernación de la Provincia de Orellana Resolución Nro. MDG-GORE-2022-0023-R El Coca, 30 de mayo de 2022 Que, el numeral 1 del artículo 261 ibidem, señala que el Estado central tendrá competencias exclusivas sobre “1. La defensa nacional, protección interna y orden público. (…)”. Que, el artículo 393 de la Constitución de la República, estipula «El Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promoviendo una cultura de paz, previniendo las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos (…)»; Que, el artículo 2 del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público señala: “Las disposiciones de este Código son de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional y se rigen al mismo las siguientes entidades: 1. Policía Nacional. (…)” Que, el artículo 60 del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público define la misión de la Policía Nacional y señala: “Tiene como misión la protección interna, la seguridad ciudadana, el mantenimiento del orden público y, dentro del ámbito de su competencia, el apoyo a la administración de justicia en el marco del respeto y protección del libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional, a través de los subsistemas de prevención, investigación de la infracción e inteligencia anti delincuencial”. Que, el numeral 10 del artículo 97 del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, establece que son derechos de las y los servidores policiales, además de los establecidos en la Constitución de la República y la ley “Recibir condecoraciones o reconocimientos institucionales no económicos por actos de servicio, previo el cumplimiento de los requisitos que se establecerán por parte del ministerio rector de la seguridad ciudadana, protección interna y orden público.” Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 3338A, de 19 de Julio de 2013, el Ministro del Interior, dispuso la creación de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros- DINASED, con organización administrativa y financiera propia; y responde a la necesidad imperante de entregar una mejor y más efectiva respuesta a los fenómenos de homicidios y la desaparición de personas que afectan gravemente a la sociedad y sus habitantes; Que, la Unidad Antisecuestros y Extorsión – UNASE, creada en el año de 1994, es una Unidad élite en la estructura de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros – DINASED. Que, el Art. 243 del Estatuto Orgánico de Gestión por Procesos de la Policía Nacional, indica: Gestión Nacional de Investigación Antisecuestros y Extorsión.- “Misión. – Investigar los delitos de secuestros, extorsión y privación ilegal de libertad conforme lo dispone la autoridad competente, mediante técnicas de investigación, a fin de establecer los elementos de convicción, en apoyo a la administración de justicia.” Que, el artículo 26, del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo, prevé que la Gobernadora o el Gobernador tiene por competencias: “a) Supervisar la actividad de los Órganos de la Administración Pública Central e Institucional en la provincia y servir como agentes de coordinación y cooperación de éstas con los entes y órganos de la Administración Pública Seccional; b) “Cuidar de la tranquilidad y orden públicos, exigiendo para ello el auxilio de la Fuerza Pública, proteger la seguridad de las personas y de los bienes; prevenir los delitos y combatir la delincuencia.” Que, el artículo 26 literal u) ibidem, establece como competencia del Gobernador «Ejercer las demás atribuciones y cumplir con los deberes que le señalen la Constitución y las leyes»; 2/5 * Documento firmado electrónicamente por Quipux Dirección: Calle 12 de Febrero y Vicente Rocafuerte. Código postal: 220202 / El Coca Ecuador Teléfono: 593-06-300646 – www.gobernacionorellana.gob.ec República del Ecuador Gobernación de la Provincia de Orellana Resolución Nro. MDG-GORE-2022-0023-R El Coca, 30 de mayo de 2022 Que, mediante Oficio Nro. 2022-008-DBXF-UNASE-DINASED, de fecha 22 de abril de 2022, suscrita por el señor Capitán de Policía Xavier Fernando Delgado Benalcázar, Investigador de la UNASE, da a conocer a la señora Gobernadora de la provincia de Orellana, las actividades realizadas por el personal investigativo de la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestro y Extorsión – UNASE, en torno al caso del secuestro del ciudadano Fabricio Abad, suscitado en el cantón la Joya de los Sachas el día 12 de octubre de 2021, por lo que solicita se analice la posibilidad por parte de la Gobernación de la provincia de Orellana de otorgar una condecoración al mérito profesional del personal participante. Que, al Oficio Nro. 2022-008-DBXF-UNASE-DINASED, el señor Oficial firmante, anexa el Informe de la actividad policial realizada en el caso “Delito de secuestro extorsivo” al ciudadano Fabricio Abad, y el Parte Policial en el cual se detalla que, para las labores investigativas, de localización, recuperación, liberación de la víctima, así como para la detención de los delincuentes, intervino el personal de la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestro y Extorsión – UNASE. Que, al Oficio Nro. 2022-012-DBXF-UNASE-DINASED, el señor Capitán de Policía Xavier Fernando Delgado Benalcázar, anexa la certificación emitida por el señor CboS. Alan Alberto Leyton Suárez, Asistente de la sección de Talento Humano de la UNASE-DINASED, mediante la cual certifica la nómina de miembros policiales que participaron en la investigación y rescate del ciudadano secuestrado, y son servidores que prestan su contingente humano, en la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestros y Extorsión de la Policía Nacional. Que, el hecho delictivo causó alarma social tanto en el cantón La Joya de los Sachas, en toda la provincia de Orellana, así como a nivel nacional; y, rescatarlo exitosamente con vida, así como detener a los infractores y ponerlos a órdenes de la justicia, es el resultado del profesionalismo, compromiso incansable y efectividad del personal policial participante, aportando con su trabajo y esfuerzo a la seguridad de los ciudadanos de la Provincia de Orellana. Que, mediante Memorando Nro. MDG-GORE-2022-2131-MEMO, de fecha 27 de mayo de 2022, la máxima Autoridad, dispone a la Unidad de Asesoría Jurídica, elaborar la Resolución Administrativa de condecoración al Mérito Profesional del personal de la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestro y Extorsión – UNASE, de la Policía Nacional del Ecuador, que intervino en la investigación y resolución del caso. Que, es deber del Gobierno Nacional a través de sus representantes en cada una de las provincias del territorio ecuatoriano, reconocer a las personas e instituciones que se han distinguido por sus diversas actividades y aportes en diferentes circunstancias en beneficio de la sociedad ecuatoriana; Que, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nro. 58, de fecha 2 de junio del año 2021, la señora YONY ESPERANZA BUSTAMANTE BRICEÑO es designada Gobernadora de la provincia de Orellana, y ratificada mediante Acción de Personal Nro. 0796, de la misma fecha; Que, por los antecedentes expuestos, y por las atribuciones conferidas en la Constitución de la República, así como por el artículo 26 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva. RESUELVE: Artículo 1.- EXPEDIR la presente resolución administrativa de CONDECORACIÓN AL MERITO PROFESIONAL del personal de la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestro y Extorsión – UNASE de la Policía Nacional del Ecuador, por su encomiable labor en el combate a la delincuencia, coadyuvando con la seguridad de la ciudadanía orellanense. 3/5 * Documento firmado electrónicamente por Quipux Dirección: Calle 12 de Febrero y Vicente Rocafuerte. Código postal: 220202 / El Coca Ecuador Teléfono: 593-06-300646 – www.gobernacionorellana.gob.ec República del Ecuador Gobernación de la Provincia de Orellana Resolución Nro. MDG-GORE-2022-0023-R El Coca, 30 de mayo de 2022 Artículo 2.- RECONOCER públicamente en ACTO SOLEMNE el accionar del personal investigativo de la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestro y Extorsión – UNASE de la Policía Nacional del Ecuador, mediante la entrega de Diplomas de Condecoración al Mérito Profesional por actos en el servicio, de manera especial a: NRO.GRADOAPELLIDOS Y NOMBRES CÉDULA 1 TCNL WILSON FERNANDO ZAPATA ORTIZ 1712529039 2 MAYR HÉCTOR JAVIER FRANCO PEÑAFIEL 1714032628 3 CPTN. DAVID ALEJANDRO SOSA CISNEROS 1715815393 4 CPTN. XAVIER FERNANDO DELGADO BENALCÁZAR1722178785 5 SBTE. DANNY ALEJANDRO CEVALLOS GALARZA 1726740739 6 SBTE. ANDRÉS PAÚL GRANIZO TOSCANO 1711910719 7 SBTE. RENÉ ALEJANDRO DUQUE RAMOS 1719232009 8 SGOP. DANNY FRANCISCO GUERRERO MASACHE 1714225289 9 SGOS. SEGUNDO RODRIGO PILLAJO MAISINCHO 1715476519 10 SGOS. SEGUNDO BARTOLOMÉ SALINAS JIMÉNEZ 1900460286 11 CBOP. PETER EDUARDO BOWEN MATAILO 0922995246 12 CBOP. ÁNGEL DAVID LEÓN BUITRÓN 1720770351 13 CBOP. ROCÍO DEL PILAR TIUQUINGA GUAIRACAJA 0604107961 14 CBOP. JOSÉ EDUARDO CAMACHO PERALTA 1715563464 15 CBOS. EVELYN LILIANA PANCHI OROZCO 1725901340 16 CBOS. CARLOS IVÁN VEGA VILLACÍS 1725335366 17 CBOS. JHONY VALENTÍN TUQUERRES GUAJAN 1727237826 18 CBOS. FREDDY ARMANDO GUAMÁN TOAZA 0604203869 19 CBOS. ANDERSON SEBASTIÁN LARA LLERENA 0401684758 20 CBOS. ERIKA GABRIELA GUACHAMÍN TORRES 1726768607 Artículo 3.- PUBLICAR la presente resolución administrativa en la página Oficial de la Gobernación de Orellana. Artículo 4.- DECLARAR que la presente Resolución entra en vigencia a partir de su suscripción. Artículo 5.- NOTIFICAR con la presente Resolución Administrativa al señor Capitán de Policía Xavier Fernando Delgado Benalcázar, Investigador de la UNASE. Dado y Firmado en el cantón Francisco de Orellana, en el Despacho de la Gobernación, a los 30 días del mes de mayo del año 2022. Documento firmado electrónicamente Sra. Yony Esperanza Bustamante Briceño GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE ORELLANA


 

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